Asamblea aprueba ley para erradicar la violencia y el acoso en los espacios laborales

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QUITO, Pichincha

El derecho a trabajar en un ambiente libre de violencia y acoso, y que los empleadores tengan la obligación de prevenir y abordar estas conductas en el espacio laboral, tanto público como privado.

Ese es el objetivo del proyecto de Ley Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en todas las Modalidades de Trabajo, que este jueves el Pleno de la Asamblea aprobó por unanimidad, con 128 votos.

El presidente del Parlamento, Henry Kronfle resaltó que esta es la décimo tercera ley aprobada y trabajada de manera responsable.

El proyecto

El proyecto, que reforma el Código de Trabajo y la Ley Orgánica de Servicio Público, tiene como finalidad garantizar ambientes laborales seguros; erradicar violaciones a derechos humanos y proteger la dignidad de los trabajadores.

Según la propuesta normativa, en los casos de violencia y acoso laboral la autoridad competente podrá disponer se efectúen las disculpas públicas de quien cometió la conducta.

En la evaluación de riesgos en los lugares laborales, el inspector de trabajo deberá tener en cuenta los factores que aumentan las posibilidades de violencia y acoso, incluyendo los peligros y riesgos psicosociales.

Medidas de protección

Asimismo, podrá establecer las medidas de protección de los denunciantes, las víctimas, los testigos y los informantes frente a la victimización y las represalias en los casos que se denuncie violencia y acoso laboral.

Se incorpora el concepto de violencia; se adopta el término acoso según el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); y, se elimina la reglamentación burocrática para fortalecer la eficacia de las reformas y asegurar el derecho a la justicia.

La asambleísta María Teresa Pasquel, ponente del informe de la Comisión del Derecho al Trabajo, subrayó que la ley cumple las disposiciones constitucionales y los instrumentos internacionales.

También protege la dignidad de todas las personas en el ámbito laboral concebidas como violencia que ocurran una sola vez o de manera repetitiva, que resultan o pueden resultar en un daño físico, psicológico, sexual, económico, político, simbólico o digital, en contra de una persona trabajadora.

Acoso de género

Incluye la violencia y el acoso de género o por razones discriminatorias cometidos en el lugar de trabajo o en cualquier momento en contra de una de las partes de la relación laboral o entre trabajadores, que tenga como resultado el menoscabo, maltrato, humillación, amenace o perjudique los derechos adquiridos de la persona violentada o acosada laboralmente.

 “La intención es proteger la estabilidad laboral de los trabajadores y servidores al no ser obligados a terminar la relación laboral, considerándose nula toda terminación laboral, por violencia o amenazas”, enfatizó.

La Ley es un compromiso por la dignidad humana, respeta a todos sin discriminación por edad, color y género; defiende la equidad y justicia laboral; establece la prevención, reparación y sanciones; busca la armonía, protección, capacitación, y desarrollo profesional, resaltaron los 15 legisladores que intervinieron en el debate.

El proyecto será remitido en las próximas horas al Ejecutivo para respectiva sanción u objeción. (I)

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Post Author: Redaccion

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