
QUITO, Pichincha
El pleno de la Asamblea Nacional aprobó, con 86 votos a favor, la terminación del Estatuto Migratorio entre Ecuador y Venezuela. La decisión busca permitir que Ecuador recupere el control de la migración en el país.
La decisión, para terminar el tratado del Estatuto Migratorio, se tomó en base a un informe de la Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana.
De acuerdo con el derecho internacional -señala el documento- la denuncia de un tratado es un acto soberano con el que un Estado termina su participación en un instrumento internacional, siguiendo el procedimiento del propio tratado o en las normas de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
Lucía Jaramillo, presidenta de la comisión de Relaciones Internacionales, aclaró que la decisión no implica cerrar puertas a los venezolanos migrantes, sino garantizar su regularización. “Nadie pierde derechos, pero el Ecuador recupera su control migratorio y protege la vida de sus ciudadanos”.
No afecta derecho a la movilidad
Jaramillo manifestó que la Corte Constitucional, en su dictamen 7-25-TI/25, de 10 de julio de 2025, concluyó que la denuncia del Tratado no supone una afectación al derecho a la movilidad.
A su juicio, el instrumento regulaba un procedimiento simplificado para la obtención de visas y residencias de ciudadanos venezolanos en territorio nacional, “pero su denuncia no elimina el derecho a migrar ni implica regresión de derechos, ya que la normativa interna ecuatoriana continúa garantizando los mismos principios”.
Los asambleístas recordaron que, según información del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, la herramienta ya no cuenta con el respaldo económico necesario debido a la suspensión de varias fuentes de financiamiento internacional que la apoyaban.
El documento señala que la denuncia de un tratado es un acto soberano de un Estado. Este proceso se realiza para poner fin a su participación en un instrumento internacional. El procedimiento sigue las normas de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. (I)

