CAL tramita leyes urgentes de Noboa

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QUITO, Pichincha

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) admitió a trámite los dos proyectos de ley con carácter de urgencia económica enviados por el presidente Daniel Noboa, lo que activó el plazo constitucional de 30 días para que la Asamblea Nacional los apruebe, modifique o archive.

Durante la sesión realizada el domingo 1 de febrero de 2026, el CAL calificó las iniciativas y resolvió remitirlas a la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa, que asumirá el análisis técnico y político de las propuestas.

El primer proyecto corresponde a la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos de Minería y Energía, remitida por el Ejecutivo el 27 de enero. La iniciativa plantea habilitar la delegación excepcional de proyectos de generación eléctrica al sector privado, empresas estatales, capital extranjero y a la economía popular y solidaria, con concesiones de hasta 30 años.

Cootad

La segunda propuesta reforma el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) y apunta a imponer disciplina fiscal a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD). El texto establece una regla de asignación mínima que obligaría a municipios y prefecturas a destinar al menos el 70% de su presupuesto anual a inversión, mantenimiento y reposición de infraestructura.

Con la calificación del CAL, se activó el trámite acelerado previsto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa. La Comisión de Desarrollo Económico dispone de un máximo de diez días para elaborar el informe para primer debate, que deberá tratarse en una sola sesión del Pleno, con observaciones presentadas por escrito.

Luego del primer debate, la comisión contará con cuatro días para procesar las observaciones y remitir los informes para segundo debate. El Pleno deberá pronunciarse dentro del plazo fatal de 30 días. Si la Asamblea no adopta una resolución en ese tiempo, el presidente Daniel Noboa quedará facultado para promulgar las leyes mediante el ministerio de la ley. (I)

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Post Author: Redaccion

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