
QUITO, Pichincha
El CNE (Consejo Nacional Electoral) confirmó que las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia estarán exentas de pagar multas por no votar o no integrar las juntas receptoras del voto en Ecuador.
La resolución fue dada a conocer ayer lunes 27 de abril, en la que establece que eximirá de multas electorales a mujeres con más de seis meses de embarazo y durante el primer año de lactancia.
El Pleno del CNE aprobó una reforma en la que se indica que las mujeres podrán presentar un justificativo para quedar exentas de multas por:
- No sufragar
- No integrar una Junta Receptora del Voto
- No asistir a las capacitaciones electorales
Requisitos para justificar la no asistencia por embarazo o lactancia
La justificación se hará presentando un certificado médico emitido por personal del Sistema Nacional de Salud, en el caso e embarazo, o el certificado de nacimiento para el periodo de lactancia.
Voto opcional
El voto es facultativo para algunos ciudadanos, según consta en el artículo 11 del Código de la Democracia. No están obligados:
- Personas entre 16 y 18 años
- Mayores de 65 años
- Ecuatorianos en el exterior
- Miembros de Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo
- Personas con discapacidad
- Personas analfabetas. (I)

