
QUITO, Pichincha
Durante la primera fase de socialización del Proyecto de Ley Reformatoria al Código de Trabajo para la Gestión Ética y Transparencia en Asociaciones y Sindicatos de Trabajadores, el especialista laboral y docente de la Universidad del Azuay, Teodoro González Argudo, afirmó que no es conveniente que los dirigentes sindicales permanezcan por largos períodos en sus cargos.
González explicó que las garantías sobre organizaciones laborales ya están contempladas en el Convenio 87 de 1948 de la OIT, en el artículo 440 del Código de Trabajo y, fundamentalmente, en la alternabilidad de dirigentes establecida en la Constitución desde 2008. Sobre la reforma que limita a cuatro años el período de los dirigentes, con posibilidad de reelección, el experto indicó que la prolongación indefinida en estos cargos perjudica la renovación y la salud de las organizaciones sindicales.
En cuanto al control que se plantea para que los directivos rindan cuentas ante el Ministerio de Trabajo, González advirtió que esto podría constituir una injerencia en la autonomía sindical, contraria al artículo 3 del Convenio 87 de la OIT, y que la normativa ya se regula mediante el Acuerdo Ministerial 2025-082. También recordó que los procedimientos de fiscalización de rendición de cuentas están contemplados en la normativa vigente.
Tras la intervención del experto, los asambleístas Brayan Machado y Humberto Alvarado realizaron consultas sobre la compatibilidad del proyecto con los principios de necesidad, oportunidad y seguridad jurídica, y sobre cómo el Ministerio de Trabajo puede garantizar la alternabilidad y los límites de reelección según la normativa vigente.
La Comisión del Derecho al Trabajo continuará recopilando información para elaborar el informe que se presentará en el primer debate del proyecto de ley, con el objetivo de fortalecer la ética, la transparencia y la renovación en las asociaciones y sindicatos del país. (I)
