
QUITO, Pichincha
La Comisión de Justicia y Estructura del Estado continuó el lunes 20 de octubre de 2025 el estudio de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). Durante la sesión, el asambleísta Fernando Jaramillo y los juristas César García y Hernán Farto presentaron sus criterios técnicos y jurídicos sobre las propuestas.
Jaramillo explicó los alcances de sus iniciativas enfocadas en los delitos de extorsión y femicidio por conexión. En el primer caso, propuso reformar el artículo 185 del COIP para endurecer las penas por extorsión, más conocida como “vacunas”. La pena para la extorsión simple pasaría de tres a cinco años a cinco a siete años; para la conducta grave, de cinco a siete años a siete a nueve años; y en el caso de la conducta más grave, de diez a trece años de prisión.
El legislador argumentó que el objetivo es fortalecer la lucha contra la delincuencia organizada, recordando que 18 de los 22 grupos criminales identificados en el país operan en 21 de las 24 provincias, lo que genera una sensación generalizada de inseguridad.
Sobre el femicidio por conexión, Jaramillo planteó penas de 22 a 26 años de reclusión para quienes, en el ejercicio de relaciones de poder, asesinen a una mujer en el mismo contexto en el que intentan o consuman el asesinato de su pareja. “Por ejemplo, cuando el agresor mata a la madre o hermana de su pareja para causarle daño”, explicó.
Expertos plantean observaciones jurídicas
El director del Colegio de Abogados del Guayas, César García, analizó los nuevos tipos penales que se proponen en las reformas unificadas del COIP. Destacó la necesidad de establecer medidas de seguridad claras para reincidentes en delitos graves, similares a las aplicadas en Alemania, donde los condenados cumplen penas en centros de máxima seguridad sin beneficios penitenciarios. Sin embargo, recomendó precisar la temporalidad de dichas medidas, diferenciando entre prisión preventiva y sentencia ejecutoriada.
Por su parte, el experto Hernán Farto se refirió a la proporcionalidad de las sanciones y a la culpabilidad en delitos cometidos bajo condiciones psicológicas especiales. Señaló que no se debe aplicar la misma pena a la tentativa de un delito que a su comisión consumada, ya que el daño ocasionado no es equivalente.
La Comisión de Justicia continuará el análisis técnico de las observaciones antes de emitir su informe para primer debate en el pleno de la Asamblea Nacional. (I)
