Karina Subía propone reformas a la Ley de Contratación Pública

karina-subia-propone-reformas-a-la-ley-de-contratacion-publica-ecuador221.com_.ec_ Karina Subía propone reformas a la Ley de Contratación Pública

QUITO, Pichincha

Karina Subía propone reformas a la Ley de Contratación Pública. La legisladora argumentó que la normativa vigente en materia de contratación pública dificulta que las entidades contratantes finalicen con éxito sus procesos, pues el tiempo que se demora para ejecutar un proceso que supera el monto de la ínfima cuantía es de aproximadamente 6 semanas.

Tras recordar que la ínfima cuantía equivale a USD 6.659,36, expresó su preocupación por que cualquier contratación que se realice sobre ese valor demora alrededor de 6 semanas, lo que complica la provisión de bienes y servicios para las entidades contratantes.

Actualizar la normativa

Subía señaló que por estas razones existe la necesidad urgente de actualizar la normativa que rige la contratación pública, para que las entidades contratantes puedan realizar sus adquisiciones de bienes y servicios en tiempos más cortos y, en consecuencia, puedan mejorar su nivel de ejecución presupuestaria y de esta forma puedan prestar servicios en forma más eficiente.

El proyecto determina que para la aplicación de la ley y de los contratos que de ella se deriven, se observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad, valor por dinero; y, participación nacional.

Catálogo electrónico

Según la propuesta, las entidades contratantes deberán consultar el catálogo electrónico previamente a establecer procesos de adquisición de bienes y servicios.

Solo en caso de que el bien o servicio requerido no se encuentre catalogado se podrá realizar otros procedimientos de selección de conformidad con los procedimientos en la ley y su reglamento.

También prevé que las entidades contratantes que conforman la Red Pública Integral de Salud, únicamente cuando exista una sentencia ejecutoriada, contratarán bajo responsabilidad de la máxima autoridad, los medicamentos y dispositivos médicos que hayan sido dispuestos por la autoridad judicial y que beneficien a personas con cualquier tipo de enfermedades catastróficas, raras y huérfanas.

De conformidad con la normativa legal vigente, el proyecto será remitido a la Unidad Técnica Legislativa, previo a su calificación en el CAL. (I)

Compartir

Shares

Post Author: Redaccion

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *