Ministerio de Trabajo: Las normativas vigentes regulan el acoso laboral

ministerio-de-trabajo-las-normativas-vigentes-regulan-el-acoso-laboral-ecuador221.com_.ec_ Ministerio de Trabajo: Las normativas vigentes regulan el acoso laboral

QUITO, Pichincha

La Comisión del Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social recibió los criterios de los delegados del Ministerio de Trabajo respecto al Proyecto de Ley Orgánica para la Prevención y Erradicación del Acoso Laboral, en el marco de la elaboración del informe para primer debate.

María Gabriela Pico y David Padilla, subsecretaria de Normativa y subsecretario de Empleo y Salario del Ministerio de Trabajo, respectivamente, señalaron que ya existe un marco normativo vigente que recoge muchos de los principios contemplados en el proyecto de ley presentado en 2023.

Ambos funcionarios insistieron en que dicho marco legal es suficiente en cuanto a reformas normativas y cumplimiento de exigencias internacionales, ya que actualmente ampara diversas modalidades de acoso laboral.

Ley acoso laboral

Pico explicó que el artículo primero, que se refiere al objeto de la ley, ya se encuentra regulado en la reforma realizada al Código de Trabajo y a la LOSEP, en concordancia con la aplicación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tanto en el sector público como en el privado. Este convenio busca prevenir, erradicar y sancionar diversas formas de agresión y maltrato en el entorno laboral.

El funcionario señaló que la definición de acoso laboral propuesta en el proyecto es contraria a la establecida en el Convenio 190 de la OIT, ya ratificado por el Ecuador.

Y dijo que la Ley Reformatoria para Prevenir el Acoso Laboral en todas sus modalidades ya contempla una definición vigente, expedida recientemente en 2024.

En cuanto a la rectoría, Pico indicó que ya existe un cuerpo colegiado encargado de los temas de violencia de género en todos los entornos, como es el Comité Interinstitucional, que actualmente se encuentra en funciones. No obstante, consideró que podrían asignarse atribuciones específicas sobre acoso laboral a dicho comité.

Disposiciones

Por su parte, David Padilla recalcó que la esta ley es la   norma que actualmente rige en esta materia y que recoge principios más alineados con las disposiciones de la OIT.

Asimismo, informó que existe el Acuerdo Ministerial 2020-2024, el cual establece el protocolo para reglamentar y hacer efectivos los derechos contemplados en dicha ley. Este protocolo se encuentra próximo a ser reformado para incorporar los avances requeridos por las instituciones pertinentes.

Ecknner Recalde adelantó que en una próxima sesión se recibirán los argumentos y alcances por parte de la proponente del proyecto en discusión y agradeció los aportes recibidos por parte del Ministerio y solicitó que sean enviados por escrito para que sirvan de sustento en la elaboración del informe correspondiente. (I)

Compartir

Shares

Post Author: Redaccion

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *