Proyecto de Ley de prevención de lavado de activos a segundo debate

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QUITO, Pichincha

La Comisión de Régimen Económico aprobó, por unanimidad, el informe para segundo debate del proyecto de Ley de Prevención de Lavado de Activos y de la Financiación de otros Delitos, la cual derogará la normativa vigente desde el 21 de julio de 2016. La moción la presentó el legislador Cristhian Vega.

La presidenta de la mesa legislativa, Nathaly Farinango, agradeció el trabajo de los comisionados, equipos técnicos y resaltó que se trata de otra herramienta legal que golpeará al crimen organizado, su financiación y movimiento de grandes fortunas, producto de varios delitos. Con este criterio coincidieron los integrantes de la comisión.

La normativa acoge recomendaciones

La normativa acoge las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que constituye un esquema de medidas completo y consistente que los países deben implementar para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

La Ley incluye nuevas definiciones relacionadas con el delito. Establece que la Junta de Política y Regulación Financiera ejercerá la rectoría en materia de prevención del delito de lavado de activos y de la financiación de otros delitos; se crea el Consejo Nacional de Coordinación contra el Lavado de Activos y sus Delitos Precedentes, la Financiación del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (CONCLAFT), con nueve integrantes.

Integración

Además, desarrolla un capítulo respecto a la naturaleza, atribuciones, reportes y director de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) designado por la Asamblea Nacional de una terna remitida por el Ejecutivo; medidas de prevención y listado de los sujetos obligados tanto financieros como no financieros; cooperación nacional e internacional; creación de unidades complementarias antilavado; entre otros aspectos.

El proyecto que irá a segundo debate contiene 94 artículos, 4 disposiciones generales, 5 transitorias, 5 reformatorias, 1 derogatoria y 1 final. (I)

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Post Author: Redaccion

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