Borbón será oficialmente el cantón 223 del Ecuador

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QUITO, Pichincha

El cantón Borbón ha sido oficialmente aprobado para su creación. Con el voto unánime de los 139 legisladores, la Asamblea Nacional dio luz verde ayer martes 30 de junio el proyecto de ley que permite su creación. Borbón tiene 34.610 habitantes.

Desde ayer, Borbón será el octavo cantón de la provincia de Esmeraldas y el cantón número 223 del Ecuador. La ley da paso a un proceso de implementación que contempla la inmediata transferencia de presupuesto desde el Gobierno Central, así como de competencias al nuevo Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal. Además, se conformará un comité especial encargado de coordinar la transición institucional.

Según la asambleísta Lucía Pozo, el proyecto de ley para segundo debate incorporó cambios finales que sumaban observaciones de la ciudadanía para garantizar una transición ordenada hacia la nueva organización territorial.

Borbón fue aprobado en consulta popular de 2025

La creación del nuevo cantón fue respaldada antes en la consulta popular realizada el 16 de noviembre de 2025, cuando se preguntó a los ciudadanos si estaban de acuerdo con la creación del cantón Borbón, en la provincia de Esmeraldas, conformado por el territorio de las actuales parroquias rurales Anchayacu, Atahualpa, Borbón, Luis Vargas Torres, Maldonado, San Francisco de Onzole, Santo Domingo de Onzole, Selva Alegre, Telembí, Colón Eloy del María, San José de Cayapas y Timbiré, con sede administrativa en la localidad de Borbón.

De acuerdo con las cifras del Consejo Nacional Electoral (CNE), el Sí ganó con el 68,4 %, frente al 31,6 % del No. Tras ese resultado, el proceso de creación del nuevo cantón fue enviado por el presidente Daniel Noboa a la Asamblea Nacional para las adecuaciones correspondientes.

La primera disposición transitoria establece que, dentro de los 45 días posteriores a la publicación de la ley en el Registro Oficial y antes de la convocatoria al siguiente proceso electoral, actualizar el registro electoral y convocar a los ciudadanos domiciliados en el nuevo cantón para que realicen el cambio de domicilio electoral, de conformidad con el Código de la Democracia. (I)

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Post Author: Redaccion

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