
GUAYAQUIL, Guayas
La Corte Provincial del Guayas condenó a tres años de prisión al exjuez Ángel Enrique Tapia, tras declararlo culpable del delito de tráfico de influencias.
De acuerdo con la investigación, Tapia habría intentado intervenir para modificar medidas cautelares dictadas contra personas procesadas por los delitos de robo y secuestro.
Durante el juicio, la Fiscalía respaldó su acusación con testimonios, pericias y evidencia digital que permitió sustentar la responsabilidad del exmagistrado.
Además de cumplir la pena de cárcel, Ángel Enrique Tapia deberá pagar una multa y USD 10.000 como reparación integral al Estado ecuatoriano.
La investigación se inició en febrero de 2026, tras la denuncia de una funcionaria judicial, quien informó que el entonces Juez habría solicitado verbalmente el cambio de las medidas cautelares de dos procesados que cumplían prisión preventiva por los delitos de robo agravado y secuestro.
Con base en los elementos de convicción recabados, Fiscalía solicitó una orden de detención y otra de allanamiento para su domicilio y las oficinas donde laboraba, ubicadas en la Unidad Judicial Florida Norte. Las órdenes se ejecutaron el 13 de marzo de 2026 y el procesado fue detenido en el norte de Guayaquil y trasladado a la Unidad Judicial Cuartel Modelo, donde quedó a órdenes de las autoridades competentes.
Durante el juicio, desarrollado del 17 al 24 de agosto de 2026, el fiscal provincial del Guayas y Galápagos, Emilio Izquierdo, presentó quince testimonios, entre ellos los de agentes investigadores, peritos y funcionarios del Consejo de la Judicatura y de la Fiscalía del Guayas.
También presentó informes periciales relacionados con el reconocimiento del lugar de los hechos, la adquisición y análisis de contenido digital almacenado en dispositivos móviles, ingeniería informática forense, generación y análisis de fotogramas y emisiones lingüísticas.
Prueba documental
Entre la prueba documental constaron la materialización de la resolución que contiene el auto de llamamiento a juicio del proceso en el que intervino el Exjuez, acciones de personal e información del procesado, registros de cadena de custodia de los indicios encontrados en su oficina y domicilio, y el parte policial correspondiente a la ejecución de la orden de detención, entre otros documentos.
Con base en estos elementos, el Tribunal declaró culpable a Ángel Enrique T. V. y le impuso una pena de tres años de prisión, una multa de diez salarios básicos unificados y el pago de 10.000 dólares como reparación integral.
Información jurídica
El delito de tráfico de influencias está tipificado en el artículo 285, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de tres a cinco años. (I)
